Las cíclicas noticias sobre cambios en la ley de ciudadanía italiana

Hoy, el primer ministro de Italia, Giuseppe Conte, dio un discurso en la cámara de diputados en ocasión del voto de confianza para la formación del nuevo gobierno. Una breve mención acerca de la ley de ciudadanía despertó el pánico en el “mundo de la ciudadanía”.

Cíclicamente somos amenazados con cambios en la legislación que regula el reconocimiento de la ciudadanía italiana. Yo vivo esto desde hace más de veinte años: Poco después de la entrada en vigor de la actual Legge 91/1992 comenzaron los rumores y la ciudadanía iure sanguinis siempre parece estar a punto de sufrir limitaciones.

Antes, estos rumores surgían una vez por año. Con internet y la dictadura de los clicks y las métricas de popularidad, el ciclo de los rumores fue haciéndose cada vez más corto: actualmente, la frecuencia parece ser trimestral.

En el pasado mes de julio, el senador Vito Petrocelli del Movimiento 5 Stelle declaró, durante una sesión plenaria del CGIE (Consiglio generale degli italiani all’estero), que el reconocimiento de la ciudadanía iure sanguinis debería estar condicionado a la aprobación de “tests de lengua italiana, educación cívica y ordenamiento institucional”. Según sus palabras, esto equipararía la legislación italiana a la de “casi todos los países de la Unión Europea”.

De esta manera, el senador Petrocelli entraba en el grupo de los políticos italianos a quienes no les da ninguna vergüenza decir públicamente pavadas en materia de ciudadanía. Y no es que se trate solamente de declaraciones irresponsables, sino que además difunden falsedades. Ningún país europeo prevé test alguno para el reconocimiento de la ciudadanía iure sanguinis. Es más, ningún país del mundo lo hace. El motivo es simple: El reconocimiento de la ciudadanía originaria (desde el nacimiento) no puede demandar, ipso facto, de ningún tipo de requisito condicionante. No debemos confundir el reconocimiento de dicha ciudadanía originaria con el concepto de “naturalización facilitada” existente en algunos países, aunque el status de ciudadano sea retroactivo al nacimiento. Si hay requisitos condicionantes, no es una atribución/reconocimiento sino una concesión.

Pero volvamos al día de hoy. Dijo el primer ministro Conte en su discurso:

“También la ley sobre la adquisición de la ciudadanía italiana por parte de ciudadanos residentes en el exterior que descienden de familias italianas parece meritoria de una revisión que, por un lado, elimine algunos elementos discriminatorios y por el otro, introduzca ulteriores criterios respecto de los vigentes: Nos espera un trabajo intenso, necesitamos ideas, determinación y visión para proseguir sin incertezas, con la conciencia de que tenemos una ocasión única para mejorar el país en el que vivimos.”

¿Qué podemos entender sobre este fragmento de su discurso? En la práctica, muy poco. El afirma que la ley merece una revisión, pero después agrega dos clichés sin contenido, en el mejor estilo de la politiquería que queda bien en los discursos.

Como repito desde hace años, el reconocimiento de la ciudadanía iure sanguinisno es una concesión por parte del Estado. No es un regalo y no es un acto discrecional. Es la consecuencia directa de un dispositivo legal que el Estado no puede negar si están presentes los dos requisitos básicos para la ciudadanía por filiación: nacer y ser reconocido como hijo por el padre (o la madre) antes de la mayoría de edad.

Las personas que tienen el derecho al reconocimiento de la ciudadanía italiana ya nacieron italianas. El hecho jurídico es el nacimiento. El acto jurídico es la atribución ope legis (por obra de ley). Este acto jurídico entre el ciudadano y el Estado italiano ya está concluido en el tiempo. Es un acto jurídico perfecto. El reconocimiento es apenas un trámite formal de verificación. De hecho, técnicamente, el reconocimiento es denominado “verifica del possesso ininterrotto della cittadinanza italiana”.

Otra prueba de ese estatus de ciudadano italiano ya presente en cada uno de nosotros es la exigencia de la “attestazione di non rinuncia alla cittadinanza italiana”. Como yo explico en el artículo “¿Por qué me piden la no renuncia de mi abuelo y de mi padre si ellos nacieron en Brasil y nunca pidieron la ciudadanía italiana?”, el pedido de “non rinuncia”se hace para todos los ciudadanos en la línea de ascendencia del solicitante porque rigurosamente todos eran ciudadanos italianos al nacer, aunque no hayan pedido el reconocimiento de la ciudadanía italiana. Nadie es italiano porque el bisabuelo era italiano, sino porque el padre o la madre lo eran cuando el solicitante nació.

Muchos confunden ese concepto con el de “derecho adquirido”. Esto no tiene nada que ver con un derecho adquirido. Se trata de un statuspersonal ya existente, consolidado. El trámite de reconocimiento simplemente formaliza ese statusya existente. Por lo tanto, una nueva ley de ciudadanía que eventualmente establezca límites generacionales o instituya requisitos como tests de idioma solo podrá afectar a aquellos que nazcan después de la entrada en vigor de esa nueva ley.

Como prevén los principios de derecho y el propio Código Civil italiano (tanto el actual de 1942 como el primero de 1865), “la ley solo dispone para el futuro, no tiene efecto retroactivo”. (“la legge non dispone che per l’avvenire: essa non ha effetto retroattivo“). Existen limitadas excepciones al principio de la irretroactividad solamente en ámbitos ajenos al Derecho Civil, en el cual se incluye el derecho a la ciudadanía.

Las cosas así, si Italia pretende continuar siendo un Estado democrático y de derecho, jamás podrá anular la ciudadanía de quienes ya la poseen por medio de la aplicación retroactiva de un dispositivo legal nuevo. Es simplemente impensable que la Corte Constitucional italiana esté de acuerdo con semejante absurdo, incluso si el Parlamento aprobase una norma tan mal formada, lo cual también dudo mucho.

En toda la historia jurídica italiana ligada a la ciudadanía, la ley nunca se aplicó con retroactividad para solapar derechos. Ni una sola vez. Todas las reformas en la ley de ciudadanía siempre reconocieron el derecho de más ciudadanos y nunca se lo retiraron a quienes ya lo tenían.

Así que no se dejen llevar por la histeria y por el miedo. Y sobre todo, no se dejen llevar por la opinión de los “pájaros de mal agüero de la ciudadanía ajena”, que son personas que cultivan un placer morboso en asustar a la gente. Está también la categoría de quienes pretender lucrar con el miedo, porque venden servicios y ganan cuando las personas creen que existe el peligro inminente de la pérdida de su derecho y corren a contratar prestadores de servicios.

Una nueva ley podrá incluir nuevos dispositivos de pérdida de la ciudadanía, pero siempre tendrá un plazo para tener efecto. Por eso es tan importante que no seamos tan solo “italianos de pasaporte” sino italianos bien informados y conscientes de nuestros derechos.


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